Los orígenes del voto femenino
“Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”.
Artículo 36 de la Constitución Española de 1931
1. El breve texto anterior reconoce por vez primera en la legislación española el derecho de la mujer a participar en las elecciones en las mismas condiciones que el hombre. ¿En qué etapa política se reconoció ese derecho? ¿En qué años la sitúas? Averigua cómo se estableció y cómo finalizó ese régimen político.
2. Si el texto recoge que hombres y mujeres tienen los mismos derechos electorales y también hemos dicho que lo hace por primera vez con los de la mujer, ¿desde cuándo pudieron votar todos los hombres? ¿Cómo se llama el sufragio que reconoce el derecho de hombres y mujeres a votar sin más limitaciones que haber cumplido una determinada edad?
3. En España se produjo un fenómeno muy curioso: la mujer, primero pudo ser elegida (lo que se conoce como sufragio pasivo), y después ser electora o votante (sufragio activo). Eso ocurrió en las elecciones legislativas de 1931 y de 1933, respectivamente. Las dos primeras mujeres elegidas, ambas por la provincia de Madrid y en las elecciones constituyentes de junio de 1931, fueron Clara Campoamor y Victoria Kent. Infórmate sobre ellas.
4. Antes de que se reconociera el derecho de la mujer a participar en las elecciones en las mismas condiciones que el hombre se produjeron acalorados debates parlamentarios. Los opositores a reconocer este derecho argumentaron, entre otras cosas, que la mujer no tenía capacidad para decidir libremente. ¿Qué opinas?
5. Hasta no hace muchos años, se consideraba que la política era un asunto masculino en el que no debían inmiscuirse las mujeres. Infórmate acerca de cuántas mujeres fueron ministras en la etapa histórica en que fue aprobada esa Constitución. A día de hoy, ¿cuántas lo son en el actual gobierno? ¿Hay alguna mujer entre